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Cita bibliográfica: Anonym (García de Cañuelo, Luis; Pereira, Luis Marcelino) (Ed.): "Discurso CXLIX", en: El Censor, Vol.7\149 (1787), pp. 341-356, editado en: Ertler, Klaus-Dieter / Hobisch, Elisabeth (Ed.): Los "Spectators" en el contexto internacional. Edición digital, Graz 2011- . hdl.handle.net/11471/513.20.552 [consultado el: ].


[341] Nivel 1►

Discurso CXLIX

Cita/Lema►  . . . . . Adsit
Regula. . . . . . 

Horat. Lib. I. Sat. III. v. 117.

Haya en esto una regla que sigamos. ◀Cita/Lema

Nivel 2► Nivel 3► Carta/Carta al director►Muy Señor mio: Nivel 4► Relato general► miróme al espejo, echo la mano á la cabeza, hállola poblada como ántes de cabello, y no acabo con todo eso de creerlo. Tamaño fue el riesgo que corrí anoche de que no me quedase un pelo en toda ella. Es el caso que honrando en un bayle á que concurrí, con el tan terrible como brillante cargo [342] de Bastonero, de modo le desempeñé y tan bien lo hice, que no hubo una sola Dama que no saliese vivísimamente resentida de mí; y en toda esta mañana no oigo pulsar á la puerta de mi quarto que no se me figure ser el marido ó apasionando de alguna que viene á desafiarme. ◀Relato general ◀Nivel 4

¿Es posible, Señor Censor, que no se haya pensado hasta ahora en formar un Código de las leyes de la etiqueta, y que se dexe esta materia en una incertidumbre que produce tantos y tan graves inconvenientes? Todos los dias ocurren dudas gravísimas, de que no hay medio de salir: todos los dias se ven riñas y desavenencias procedidas de este principio; y apénas por esta causa se puede contar sobre las amistades que parecen mas finas. Yo, que, aunque lo diga, tenia con las Damas un partido considerable, y que no mas ántes que ayer era bien recibido y aun festejado en todas partes, [343] es la hora esta en qué no sé á donde vaya á dar con mis huesos; porque en todas temo que me echen, á puntillazos, ó me den con la puerta en los hocicos.

Pues ahora, nada de esto sucediera si tuviesemos un cuerpo de leyes bien claras y terminantes por donde regirnos en todos los casos que ocurriesen. No estaria uno entónces expuesto á incurrir, como ahora, inculpablemente en mil desaciertos, ni á ser notado y censurado á cada paso. A Dios quexas y reparos enfadosos, y si alguno habia por desgracia, ó se daba al quexoso con el texto en los ojos, y se le tapaba la boca si no tenia razon; ó si se hallaba tenerla, se le satisfacia en la forma que prescribiese la ley, y quedaban ofensor y ofendido tan buenos y cordiales amigos como eran ántes.

Parecíame pues esta una empresa muy digna de Vm. ¿Por ventura la [344] conservacion de la concordia y buena inteligencia entre los ciudadanos no es una de las cosas mas importantes que pueden imaginarse? ¿Qué tenemos ahora con que la Jurisprudencia ó la Medicina merezcan ó no el nombre de ciencias: con que los milagros del Año Virgíneo sean ó no verdaderos; ni con saber si el luxo por sí mismo, ó sola su compatibilidad con el ocio es lo que hace decaer los Imperios? Lo que nos importa es vivir á gusto, y en buena paz unos con otros; y nadie como Vm. podria contribuir á ello.

¿Cómo podría no ser el nuevo Código un modelo perfectísimo en este género saliendo de las manos de los dos Caballeros Fiscales de su Tribunal por lo perteneciente á las costumbres y por lo tocante á modas, que deberian para formarle reunir sus luces, trabajando en él mancomunadamente baxo la direccion de Vm? Por otra parte Vm. se ha grangea-[345]do tanta aceptacion entre las Damas, y aquella parte de los hombres á cuyo uso habria de servir principalmente, que no se me ofrece la mas leve duda en que obtendria la mas cumplida observancia luego que le promulgase con la sancion correspondiente. Tanto mas quanto esta parte de la legislacion compere sin controversia á la magistratura de que Vm. se halla revestido.

Pero aun quando Vm. no quiera usar de la plenitud de su potestad, bien sea por un efecto de su moderacion ó por no comprometer su autoridad; ¿hay mas que convocar unas á manera de cortes del Bello sexo en las quales se exâminen con la madurez debida, y se acuerden últimamente las leyes, que hayan dispuesto los Caballeros Fiscales? Las Damas de cada una de las Ciudades del Reyno, que son varo en Cortes de S. M. deberian en este caso disputar una, la que entre todas juz-[346]gasen á pluralidad de votos mas puesta y mas instruida en las materias que habrian de tratarse; y Vm. con los Oficiales de su Tribunal presidir el Congreso luego que reconocidas las credenciales ó poderes estuviese formado. ¡Válgame Dios! ¡Quién verá á Vm. sentado al frente de tanta matrona respetable venida de los últimos ángulos de nuestra peninsula, y de cuyas entrañas habrán salido, ó saldrán aun les íntegros y sabios Magistrados, los esclarecidos políticos, los grandes Generales, que ilustrarán el siglo XIX! No creo que Príncipe en el mundo haya jamas aparecido con igual magestad, ni que á ojos humanos se haya ofrecido espectáculo mas augusto.

Algunos hombres hay, á quienes sin notoria injusticia no podria privarse de intervenir en un asunto de esta naturaleza: y de ellos, si á Vm. le parece, podria formarse una segunda Cámara, que con la [347] antecedente viniese á componer una especie de Parlamento. Los Caballeros Abates serian miembros natos de esta Cámara, y ademas perteneceria á Vm. agregar á ella todas las personas que le pareciesen distinguirse por su pericia en estas materias: á la manera que el Rey de la gran Bretaña crea quando quiere nuevos Lores, con que acrecienta la Cámara alta. Bien que no por esta semejanza de constitucion deberia arrogarse la de los Señores Abates este título, que en nuestro Parlamento competeria sin disputa á la de las Damas, por mas que por otra parte se asemeje á la de los Comunes. Ya se ve que adoptando Vm. este pensamiento no habrá resolucion mientras que Vm. y ambas Cámaras no esten de acuerdo. Y siendo así, ¿quién habrá bastantemente osado para oponerse á las leyes, ó llámense Bills, que dimanen de tan respetable y bien constituido con-[348]greso? No puedo decir á Vm. Señor Censor, quanto me entretiene y lisonjea esta idea. ¡Qué nueva materia para nuestras Gazetas! ¡A qué punto no se levantará nuestra eloqüencia!

Mas de qualquier modo que Vm. determine hacerlo, lo que le suplico con el mayor encarecimiento, es que recomiende muy particularmente á los Señores Fiscales (de cuyo cargo ha de ser en todo caso la formacion del Código) el título de los Bastoneros. Que vengan por Dios bien detalladas sus obligaciones. Que allí se determine con toda la exâctitud posible la graduacion que corresponde á todos los empleos y dignidades que se conocen entre nosotros, á fin de que segun ella sean sacadas á baylar las mugeres ó viudas de los que los obtienen. Que se deaclare si entre las de los que los obtienen iguales, entre las de los títulos de Castilla, entre las de los Ca-[349]balleros Mayorazgos que no tienen otro distintivo, se ha de entender para la preferencia al mayor número de ciudadanos con que hayan enriquecido al Estado, ó bien á las edades, ó bien á la anterioridad de sus respectivos títulos, patentes y mayorazgos, ó finalmente al mayor importe de sus rentas. Doy por hecho que Vmd. se atendrá á lo primero por lo que esto podrá contribuir á los progresos de nuestra poblacion. Mas si me engaño en este juicio, y se tuviese por mas conveniente establecer por regla aluna de las otras circunstancias insinuadas, no sea que Vmd. se olvide en tal caso de mandar que ninguna Dama se presente en un bayle sin la fe de su bautismo en forma probante; ó sin la cédula de ereccion de su título, sin la patente del empleo de su marido; ó sin copia auténtica de la fundacion de su mayorazgo; ó bien sin los lioros cobrado-[350]res de sus rentas; segun lo que se declare deber ser la regla de la preferencia.

Bien considero que son estos unos problemas sumamente espinosos. Pero su importancia es igual á su dificultad, pues que su resolucion dará la de infinitas dudas que deben decidirse en el Código proyectado, qual es por exemplo el órden que debe guardarse en una paga de visitas, y otras á este modo.

Tambien quisiera que se determinase con toda precision en quántas maneras se puede contraer una visita, quales son las causas legitimas para abandonarla despues de contraida, y muy en particular los requisitos necesarios para que un hombre esté en derecho de visitar á una Dama, á quien acompañó casualmente ó á cuya casa fué acompañando á otra, sin incurrir en la nota de entrometido: si basta que le ofrezca su casa, y con qué fórmula; ó si [351] es preciso absolutamente que le envie recado.

En esto de recados hay mil dudas que resolver, y mil abusos que remediar. Tenga Vmd. por el ánima de sus difuntos compasion de los pages de las Señoras de Provincia (porque no sé si en la Corte son igualemente acreedores á ella). Se les tiene todo el dia de Dios en un continuo exercicio sin necesidad ni utilidad alguna. Que una amiga envie á saber de otra despues de algun tiempo que no la ha visto, vaya con mil Santos, aunque fuera sin duda mas puesto en razon que ella la avisase quando tuviese alguna indisposicion para que la acompañase, ó alguna pesadumbre para que fuese á consolarla. Pero hacerlo precisamente al otro dia que la ha tenido en su casa quando por lo mismo es ménos de presumir que la haya ocurrido novedad, y dexar despues pasar los meses enteros sin acordarse de ella, [352] ¿no es una extravagancia? ¿A qué vienen estos recados de despedida que se envian á un hombre, á quien se acaba de decir en persona que lleve buen viage, que disponga lo que se ofrezca, &c? No parece sino que las palabras de las Damas son nulas, no siendo ratificadas por sus criados.

Sobre todo estoy muy á mal con un uso que hay en esta ciudad, y que no sé si está recibido en otras. Auséntase uno del pueblo, y aunque no sea sino por quince dias, si le ha dado la gana de despedirse, es indispensable que á su regreso le envien las Damas recado de bien venida, y que los hombres vayan a dársela personalmente. De modo que á no tener uno un criado apostado de dia y de noche en cada puerta del Lugar, está á riesgo de perder cada dia una amistad. Porque ¿cómo diablos ha de saber de otro modo quando llega un conocido? Está bien [353] que se tenga esta atencion con un hombre que viene por la primera vez al pueblo, que vayan todos á ofrecérsele, y que procuren hacerle todo obsequio. Pero el que vuelve de un viage que hizo por su conveniencia ó por su diversion, ¿por qué no ha de presentarse él, pesi á su alma, á todos los que quiere continuen en su trato? No si no andarnos moliendo á cada paso por solo su capricho y regalado gusto, como cierto sugeto cuyo trato acabo de perder porque falté á una bien venida, despues de docena y media de ellas que me tiene allá en solo el espacio de dos años.

Ahora lo que yo deseara sobremanera es que Vmd. restableciese el antiguo ceremonial de los pésames, que por un efecto de nuestra frivolidad y ligereza va ya casi del todo antiqüado. Quien quiera que le exâmine con reflexîon no podrá ménos de admirar su sabiduría, y de reconocer que necesariamente ha sido [354] fruto de una profundísima meditacion y de un prodigioso conocimiento del corazon humano. ¿Qué cosa mas á propósito para divertir á un afligido (que debe ser el objeto de tales asambleas) que el hacerle sentar á la testera de una sala en donde cada qual que entra se dirige hácia él con paso mesurado, y sin hacer caso del concurso, que le mira silencioso, le sacude luego por tres ó quatro veces muy grave y con el semblante lleno de tristeza, la diestra mano, y ó le encaxa una ridícula arenga de que viene prevenido, ó sin decir palabra se va á sentar en donde puede, y desarrugada ya la frente, saluda con mucha jovialidad á los que tiene al lado, como si repentinamente hubiese cesado la causa de su afliccion? ¿No era este un verdadero entremes ó pantomima capaz de hacer reir á la misma melancolía? Yo por lo ménos le aseguro á Vmd. que sentí la muerte de mi pa-[355]dre como puede el hijo mas amante, y con todo eso por tres veces estuve vencido de la risa el dia de su entierro. ¿Pues y aquella obscuridad de la sala destinada á la ceremonia no era la cosa mas bien imaginada para aliviar á un hombre ó ó una muger obligada á parecer triste tal vez sin causa, y para hacer imperceptibles sus descuidos? ¡Quántos escandalos, quántos motivos no quitaba de murmuracion! Porque ya ve Vmd. que una pobre muger no siempre tiene las lágrimas á mano, ni un hombre puede conservarse largo tiempo en una postura que no le es natural.

Señor Censor: nuestros Mayores eran ciertamente hombres de mucho caletre, y no se ve en nuestras cosas aquel juicio, aquella prevision que caracterizaba las suyas. Vmd. procure conformarse á sus máxîmas en la formacion del nuevo Código; y tomando esta empresa con la acti-[356]vidad que corresponde se concluirá la gratitud y veneracion de éste.”

S. S. S. Q. B. S. M.
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