Faksimile anzeigen

Référence bibliographique: Anonym (García de Cañuelo, Luis; Pereira, Luis Marcelino) (Éd.): "Discurso LXXIX", dans: El Censor, Vol.4\079 (1785), pp. 199-217, édité dans: Ertler, Klaus-Dieter (Éd.): Les "Spectators" dans le contexte international. Édition numérique, Graz 2011- . hdl.handle.net/11471/513.20.381 [consulté le: ].


[199] Niveau 1►

Discurso LXXIX

Citation/Devise► Fictis jocari nos meminerit fabulis.

Phaed. Prolog. Lib. 1. v. 7.

Tendrá presente que nos divertimos
Con cuentos fabulosos. ◀Citation/Devise

Niveau 2► Récit général► El Ilustradísimo Señor Don Apolinar Solano, de quien ya tienen noticia mis Lectores, y que se halla ahora sirviendo interinamente otra Judicatura en el Parnaso, acaba de dirigirme para que la publique solemnemente y haga saber á la Nacion Española, una especie de Paulina expedida á instancia de Don Philaucio Malatesta, Procurador de aquellas Audiencias, y de las [200] demás del mundo entero, en virtud de amplios poderes que tiene de varias Naciones, Ciudades, Cortes, Iglesias, Monasterios, Comunidades, Congregaciones, y Particulares, en la qual baxo las mas terribles censuras y maldiciones manda á los Eruditos, Antiquarios, Papelistas, y mas personas en cuyo poder se hallaren los bienes, alhajas, y papeles que en ella se expresan, los restituyan dentro de un término, que señala por peremptorio, á sus dueños legitimos; y á los que supieren de su paradero, manda lo declaren, á fin de que tenga efecto la restitucion de dichos bienes que se han perdido, robado, ú ocultado maliciosamente. Pero yo haciendome cargo de la docilidad y buena fé que caracteriza á los Españoles; y reflexîonando tambien que á los mas de los Particulares y Cuerpos religiosos, á cuya solicitud se dice expedida, mientras no se les priva (como seguramente nadie puede privarlos) á los unos de [201] sus virtudes y santidad declaradas legitimamente, y á los otros de sus constituciones, del cumplimiento de ellas, de la santidad de sus institutos y de la aprobacion que tienen de las potestades legitimas, no les urge demasiadamente la falta de aquello de que se dicen privados, y que podrá contribuir quando mas para su gloria en este mundo, la qual si no la han despreciado siempre, debe creerse no es la cosa que mas aprecian; he venido en suspender la intimacion de las referidas censuras, persuadido á que sin recurrir á medios tan violentos, se logrará la restitucion con solo hacer notoria la pérdida en un simple aviso al público; y reservando la publicacion solemne de la Paulina para el caso de que este medio no produzca el efecto que me prometo.

[202] Niveau 3► Aviso al publico:

Se hace saber á todos como se han perdido los bienes, papeles, y alhajas siguientes:

Primeramente, la Escritura de donacion de los mares Oceano, Mediterraneo, Caspio, &c. hecha por la Señora Doña Naturaleza, á favor de la Nacion Anglicana; por cuya falta, despues de haber perdido en el juicio posesorio que ultimamente ha seguido dicha Nacion, se vé imposibilitada de seguir el de propiedad, sin embargo del claro derecho que la asiste. La persona en cuyo poder se hallare acudirá en Inglaterra á los succesores del Señor Seldeno.

Iten: la Escritura de donacion del mar Baltico, hecha por la misma Señora, á favor de la Nacion Dinamarquesa. Los Jurisconsultos de aquella Nacion pagarán bien el hallazgo.

Iten: quando la Serenísima Repu-[203]blica de Venecia contraxo sus primeros esponsales con el alborotadísimo Señor mar Adriatico, la cedió éste por via de donacion propter nuptias el dominio de todo aquel Golfo, con todas sus llanuras, bosques de plantas y arboles marinos, usos, servidumbres y dependencias, con la jurisdiccion civil y criminal, mero y mixto imperio sobre todos sus habitantes los peces de qualquier estado, calidad y condicion que fuesen, &c.: segun Escritura de que dió fé el Caballero Neptuno, que igualmente habia autorizado los demás Instrumentos justificativos de esta pertenencia á dicho Señor Donante. Pues es asi, que habiendose perdido, tanto estos instrumentos como la dicha Escritura, antes que se efectuase el matrimonio de presente; la Serenísima República, que no parece tenia otra mira en contraerlo que la de adquirir este dominio, difirió su celebracion hasta que en efecto pareciesen: por quanto consultados sobre el punto [204] varios Jurisconsultos, fueron de dictamen que no pareciendo, no podia presumirse de dominio particular el referido Golfo, y sí libre para todo el mundo, segun lo dispuesto en el §. 1. Inst. lib. 2. tit. 1. de rer. div. Pero no habiendo parecido hasta ahora, está todavia por celebrar dicho matrimonio, contentandose ambos esposos con reiterar todos los años sus esponsales hasta que parezcan. Se encarga pues muy encarecidamente á quien supuiere de su paradero, lo declare; á fin de cortar el grave escandalo que puede sesuirse á aquellas personas, que ignoran no puede ser otra cosa, de ver que estos Señores están viviendo juntos tantos años ha sin estár casados.

lten: la Escritura de donacion de la Ciudad, arrabales y territorio de Roma, hecha á aquella Iglesia por el Señor Emperador Constantino; pues aunque ha depuesto un testigo hallarse en la Luna con otras cosas perdidas, su qualidad de Poeta le hace poco dig-[205]no de credito, mayormente no habiendo pruebas bastantes para privar á los Señores hermanos Mongolfieres de la gloria de haber inventado el modo de viajar por los ayres. El que sabiendo de su paradero acuda á Roma no perderá su tiempo.

Iten: la virtud de curar lamparones de los Reyes de Francia. La Autentica de la sagrada ampolla de Reims. La de la lagrima de Vandoma. La fé de la toma de posesion del Obispado de París por San Dionisio Areopagita. El itinerario de los tres hermanos Lazaro, Marta, y Magdalena hasta su arrivo á la Ciudad de Marsella. Y otros varios documentos pertenecientes á la gloria de la Nacion francesa, y á la antigüedad de la fé en ella. Las personas en cuyo poder se hallaren acudan á los respectivos interesados.

Iten: varios papeles originales muy interesantes, relativos á la Historia Eclesiastica de España: y los exemplares Autografos de ciertas obras de [206] Cronología que esparcian una nueva luz sobre esta ciencia: los quales despues de haber estado perdidos por muchos siglos, fueron hallados pocos años ha en una Ciudad de aquel Reyno, por sugetos dotados de conocida é insigne habilidad para estos hallazgos, y se han vuelto á perder inmediatamente, sin que haya sido posible rastrear su paradero. Hay un cuerpo muy respetable y muy poderoso, que por lo que se interesa en la ilustracion de las antigüedades de su Nacion, ofrece una buena recompensa al que los halláre y publicáre; pero oculta su nombre por un efecto de la modestia que le caracteriza.

Iten: el privilegio de la Mesta (llamado de posesion). La fundacion de Madrid en el año de la creacion del mundo tres mil treinta. La de la Universidad de Huesca, hecha por Sertorio: y el grado de Bachillér que en ella recibió el Señor Poncio Pilatos, Presidente que fue de Judéa. Las fees [207] de bautismo de Santa Liberata, y sus ocho hermanas gemelas, Santas tambien, é hijas todas nueve de Lucio Catelo, Régulo de Galicia. La de entierro de Nathanael, uno de los setenta y dos discipulos en Trigundo, junto á la Ciudad de la Coruña. La de nacimiento del célebre medico Galeno, que desapareció de entre los papeles del Mro. Argaiz, y por cuya falta se le cree comunmente griego, siendo en la realidad gallego y originario de la Villa de Samos. La toma de posesion del Obispado de Britonia, primera Catedral de Mondoñedo, por el Santo Zebedeo, padre de Santiago, que debió exístir entre los papeles de Don Antonio Calderón. Y otros instrumentos pertenecientes á las antigüedades españolas, que tambien se han perdido, y cuyo hallazgo se pagará bien por los respectivos interesados.

Iten: la Bula de fundacion del Orden de Carmelitas, su fecha en el Carmelo por los años del Mundo tres mil [208] y quatrocientos, antes del primer Pontifice San Pedro setecientos y setenta: por cuya falta están expuestos los Padres á que no los crean tan antiguos como incontestablemente lo son. El que la hubiese encontrado manifiestela al Padre General de los Religiosos hospitalarios de San Juan de Dios, para que entre tanto no presentan otra igual, no permita que individuo alguno de su Orden se jacte de su mayor antigüedad, pretendiendo haber sido fundada en el valle de Mambré, quando el Patriarca Abrahan hospedó á los tres Angeles en forma de peregrinos; esto es, mil y trescientos años, quando menos, antes que la del Carmelo.

Item: la fundacion del Orden Heremitas de San Agustin, hecha por este Santo Doctor: por cuya falta están privados los Padres Agustinos de la preferencia de lugar sobre los Dominicos y Franciscanos; siendo mas antiguos que ellos seis ó siete siglos por la parte mas corta. Acudase con ella á donde toca.

[209] Iten: otra Bula semejante, que se perdió juntamente con el título de Cardenal conferido á San Geronimo ocho siglos antes del decimo tercio; que aunque al Santo no le hace notable falta para ser un Doctor Maxîmo, se la hace no obstante muy grande á los Reverendos Padres Geronimos, los quales recompensarán por tanto á toda satisfaccion á la persona que les diga dónde paran estos documentos.

Iten: el grado de Doctora conferido por la Universidad de Salamanca á Santa Teresa de Jesus, que no se halla en la matrícula de los graduados. Quien supiere de él, acuda en Madrid á los Reverendos Padres Carmelitas Descalzos en la calle de Alcalá.

Iten: el original del Concilio Bracarense I sub Panchrat. Episcop., que en el año de mil seis cientos nueve se hallaba en la libreria del Monasterio de Alcobaza del Orden de Cistercienses, y de donde sacó la copia que publicó en el mismo año el Reverendo [210] Padre Brito en la segunda parte de su Monarquia Lusitana. Acuda á dicho Monasterio quien la hubiere encontrado.

Iten: un paquete de Epistolas decretales de los primeros Summos Pontifices, cuyas copias fueron publicadas años pasados por el Señor Isidoro Mercader; y que se han echado menos de ayer acá, con gravísimo perjuicio de sugetos muy respetables, que fundan en ellas derechos de gran consideracion, de los quales se hallan en el dia muy á riesgo de ser desposeidos; enteramente, como ya lo están en mucha parte. Acudase con ellas á la Curia Romana.

Iten: la informacion sumaria del desentierro que hicieron los Diablos del cadaver del Alcalde Ronquillo, y de las tremendas circunstancias de este famoso acontecimiento: y los documentos justificativos de otros castigos executados por la Justicia Divina con varios Reyes y sus Ministros, que tu-[211]vieron la osadía de tratar á los Eclesiasticos como vasallos y miembros del Estado, pretendiendose con facultades para derogar en algunos casos á la inmunidad que gozan sus bienes y persenas en los asuntos civiles, como si esta se la hubieran concedido las Potestades temporales, y no les compitiera por derecho divino. Acudase tambien con ellos á la Curia Romana.

Iten: el privilegio que algun Pontifice debió sin duda de conceder á los Canonigos de casi todas las Iglesias ricas para no cantar las alabanzas del Señor, y alquilar quien por ellos alabe á Dios. Acuda á ellos quien lo hubiere encontrado.

Iten: la magnitud, la irrefragabilidad, la iluminacion, la sutileza, la eximiedad y otras alhajas semejantes y de igual valor, pertenecientes á varios individuos de la República Literario-Religiosa, á quienes han sido robadas no ha mucho tiempo por varios filósofos atrevidos, los quales sin embar-[212]go no se hallan en posesion de ellas, habiendolas abandonado ó por soberbia o porque no supieron conservarlas. El que tuviere noticia de su paradero acuda á sus dueños respectivos, sus herederos, o Agentes.

Iten: la Logica de Alberto Magno, que por mas que se ha buscado en un libro de á folio de este Autor donde se hallaba, no se ha podido encontrar. Y por quanto el Señor Abad Fleuri tuvo el atrevimiento de decir que solo por el aforro habia conocido no solamente que no estaba alli, pero aun tambien que el Autor no la habia tenido jamás; lo que cede en menoscabo de sus virtudes y santidad, y aun en descredito de muchos hombres de obligaciones que deponen haberla visto; se encarga muy estrechamente al que se la hubiere hallado la vuelva á poner en dicho libro para desengaño de todos, mayormente quando es una cosa que á él de nada puede servirle.

Iten: el Original del arte magna de [213] Raimundo Lulio, donde estará contenido el importantisimo secreto de aprender todas las ciencias sin trabajo alguno; que por descuido sin duda de los escribientes no se encuentra en ninguna de sus copias. Duelase de la suerte infeliz del genero humano, el que se lo hubiere hallado, y publiquelo por Dios sin pérdida de tiempo.

Iten: el verdadero original de la Historia de la Conquista de Mexico por Don Antoino Solís: porque siendo esta obra, como todos testifican, un modelo de Historias y del estilo en que deben ser escritas, nada de esto se encuentra en los exemplares impresos, ni aun en los de la ultima edicion. Hará un gran servicio al Público el que lo publique; y segun es el zelo del nuevo Editor de esta obra por los progresos de nuestra literatura, debe esperar que no lo llevará á mal.

Iten: las seis comedias arregladas de Lope de Vega Carpio, que nadie ha visto hasta ahora. Quien las hubiere en-[214]contrado acuda con ellas al Colector del Teatro Español; pues aunque no parecen pertenecer sino á los herederos del Señor Lope, es no obstante muy justo se le entreguen á fin de que acabe de persuadir á su Nacion, que es imposible de toda imposibilidad que agraden las comedias arregladas.

Al mismo sugeto acudirá quien supiere de la vasta erudicion de Don Pedro Calderon, que algun enemigo de las glorias de España quitó de sus excelentes dramas, substituyendo en su lugar un miserable pedantismo, é introduciendo en ellos infinitísimos errores muy groseros y ridiculos.

Iten: acudirá al propio sugeto el que hubiese encontrado una gran porcion de la gracia de la Gatomachia del Señor Lope: aquella gracia que hacía de esta pieza un Poema muy superior al Lutrin del Transpirenaico é insulso Boileau.

Acudirá en fin al mencionado Señor Colector quien tenga noticia del [215] paradero de la prodigiosa fecundidad de los susodichos dos Poetas: de la que no podemos venir en conocimiento por las comedias que de ellos tenemos, sí bien montan á millares; pues se parece qualquiera de ellas á la otra como un huebo es semejante á otro huebo, y apenas se diferencian mas que en los titulos y nombres de los interlocutores.

Iten: de muy poco tiempo á esta parte se ha desaparecido, sin que pueda averiguarse dónde para, una porcion muy considerable de la ilustracion perteneciente al presente siglo XVIII, de suerte que en algunas provincias no ha quedado ni una gota. Quien supiere de la que se ha perdido en España acuda en Madrid á alguno de los sugetos á quienes la nacion tiene conferidos sus plenos poderes para que la defiendan de las imposturas que la están continuamente levantando los estrangeros, los quales no piensan, ni hablan, ni escriben sino para desacre-[216]ditar la literatura española. En Italia se acudirá á los Señores Ex-Jesuitas Españoles, y en Paris á M. L'Abbé Cabanilles.

Finalmente se echa menos hace algun tiempo la gravedad de la Nacion Española: aquella gravedad, por la que fue tan murmurada, ó sea envidiada, en el siglo proxîmo pasado. Por esta falta hay en el Reyno un gran número de personas muy respetables por su nacimiento, por sus empleos, y sobre todo por su venerable ancianidad, las quales son con todo eso mas atolondradas y menos sesudas que puede serlo el frances le plus etourdi. Las Damas y hasta las Señoras mas encumbradas están convertidas en otras tantas majas, confundiendose de modo en su trage, en su conversacion y en sus modales con esta despreciable clase de gentes, que mas que todas ellas juntas infunde el respeto debido á su sexô una simple Modista francesa, y llegando á tal punto la degradacion de sus res-[217]pective Mercedes, Señorias y Excelencias, que quando están con el cigarro en la boca no es quando mas se parecen á las mugeres mas soeces de la ínfima plebe. Y respecto se sabe que toda la gravedad perdida pára en poder de los porteros y lacayos de las casas de los Grandes y Señores, se les hace saber y amonesta, una, dos y tres veces, con apercibimiento de que no lo haciendo se procederá contra sus personas jurídicamente y con todo el rigor de derecho, fulminando contra ellos las mas terribles Censuras, que inmediatamente hagan suelta y dexacion de la susodicha gravedad, y la restituyan á sus respectivos amos y amas, y demás personas á quienes pertenece, y ellos la han usurpado. ◀Niveau 3 ◀Récit général ◀Niveau 2 ◀Niveau 1